REGULACIÓN DE PATINETES ELÉCTRICOS EN MADRID (ACTUALIZADO 2021)

¡Hola a todos! ¿Cómo va esa semana? Hoy os traemos una nueva entrada explicándoos en profundidad uno de los puntos sobre los que más nos preguntáis en nuestras redes sociales, la regulación de patinetes eléctricos en Madrid

 

Cómo ya os adelantamos en la entrada anterior, el uso de patinetes eléctricos en España ha experimentado un visible aumento en los últimos años, tanto, que a día de hoy podemos hablar de un incremento de un 120% con respecto a 2020 (ABC, 2021). En consecuencia, se ha creado una normativa que regula el uso de estos dispositivos y que se hizo efectiva a principios de años tras la publicación de un real decreto en el BOE, el cual fue impulsado por la Dirección General de Tráfico (DGT) y establece las directrices generales que os trasladamos en el anterior post, dejando determinadas diligencias a los propios ayuntamientos de cada ciudad.

 

Pues bien, para que podáis manteneros informados, os iremos subiendo poco a poco las regulaciones de diferentes ciudades de España para que las conozcáis y las llevéis a la práctica. Hoy comenzamos con la Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid ¿Cómo debes circular con tu patinete eléctrico por la capital? Atentos a los puntos clave:

 

1. Edad mínima:

      Para poder circular en patinete eléctrico es de 15 años, aunque también se permite a menores de esta edad poder utilizar estos dispositivos, tan solo que en espacios cerrados al tráfico (plazas o parques por ejemplo), bajo la vigilancia y responsabilidad de un adulto y siempre que resulten adecuados a su edad, altura y peso. 

2.   Los patinetes eléctricos en Madrid pueden circular por:

  •  Carril y acera bici.
  • Pistas bici.
  • Calzadas zona 30.
  • Parques (zonas habilitadas para bici o sendas compartidas con peatones a un máximo de 5km/h). 

3.   Todo usuario de patinete eléctrico en Madrid:

  • Deberá utilizar el casco de seguridad si su edad es inferior a 16 años.
  • Usar casco de forma recomendada si su edad es superior a 16 años.
  •   Utilizar timbre, luz y elementos reflectantes. 

4.  ¿Dónde puedo aparcar mi patinete eléctrico en Madrid?

Espacios destinados, es decir, aceras junto a bordillo (dejando tres metros libres para el paso de peatones).

5.  ¿Dónde no puedo aparcar mi patinete eléctrico en Madrid?

  • Paradas de transporte público.
  • Plazas reservadas para movilidad reducida
  • Paradas de taxi
  • Tapas de registro o servicio.

 

Aun así, chico@s, os animamos a consultar de vez en cuando la normativa, ya sabéis que constantemente está sufriendo pequeños cambios y es importante estar siempre actualizado.

 

Y hasta aquí la regulación de patinetes eléctricos en Madrid, os dejamos una gráfica resumen para que podáis llevarla siempre con vosotros y consultar cualquier duda. En la siguiente entrada abordaremos la normativa de otra de las grandes ciudades de España ¡BARCELONA! ¡Hasta la próxima!

Normativa patinetes eléctricos en Madrid, unidad de bolsillo

 

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